La Asociación Chilena de Oficinas Virtuales (ACOV), patrocinada por la Unidad de Defensa del Emprendedor (DEFEM) de la Asociación de Emprendedores de Chile (Asech), presentó y tramitó un Recurso de Protección en favor de los usuarios de Oficinas Virtuales, debido a la duplicidad de cobros que la Municipalidad de Santiago realizaba por derechos, tanto a la oficina como a los usuarios.
El Círculo Defem es una red de asesoría jurídica legal compuesta por abogados privados homologados por bases y principios DEFEM en su espíritu pro-emprendimiento, que a través de procesos legales con transparencia, lenguaje simple, empatía y tarifas preferenciales, contribuyen en hacer simple lo que siempre ha sido complejo para el emprendedor.
Como parte del recurso, en un primer momento la Corte de Apelaciones de Santiago no acogió la acción judicial en el fondo. Sin embargo, la sentencia a favor fue dictada por la Corte Suprema donde efectivamente se acoge el Recurso de Protección en favor de los usuarios de oficinas virtuales, dejando sin efecto el cobro que realizó la Municipalidad.
La sentencia sostiene que no es el acto de establecer domicilio en un inmueble determinado, lo que hace nacer la obligación de pagar derechos de aseo. Más bien lo es tener el uso, goce o dominio pleno del inmueble. Asimismo agrega que el usuario de una oficina virtual no es el dueño u ocupante de la propiedad, sino un arrendador de servicio (...). Así, la situación del usuario de una oficina virtual no se diferencia sustancialmente de la de otras personas que arriendan servicios análogos o, incluso, que subcontratan procesos productivos, y que, incuestionablemente, no son sujetos pasivos del pago de derechos de aseo por los desechos generados en el lugar en que se prestan esos servicios.
“Es así como el máximo tribunal de Chile, en un fallo inédito, logra entender las nuevas formas virtuales y digitales de iniciar negocios en la actualidad, haciéndose cargo de las dificultades que tienen los emprendedores que comienzan sus emprendimientos, por las asimetrías que existen en el mercado; reconociendo en las oficinas virtuales un agente para este desarrollo económico. Luego, bajo la misma lógica, cobrar al usuario de oficina virtual el derecho municipal de aseo u ornato que ya fue pagado por la misma oficina virtual, es un acto arbitrario e ilegal”, explicaron los abogados de Asech.
Las instituciones acordaron seguir aportando y trabajando por emparejar la cancha del emprendimiento.
Los detalles sobre el fallo se encuentran disponibles en Diario Constitucional.
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